Con este fin, se realizaron análisis con expertos médicos y se aprobaron modificaciones de precios.

Según refiere el portal web del Ministerio de Salud Pública (Minsap), se trabajó con el Cuadro Básico de 757 medicamentos (del 2019), de ellos 265 importados y 492 de producción nacional, 353 son de dispensación en farmacias. A partir de este cuadro básico se clasificaron los medicamentos en tres grandes grupos.

¿Cuáles resultan estos grupos?

Los Grupos I y II mantuvieron su precio minorista al ser subsidiados por el presupuesto del Estado.

A decir del Minsap, el Grupo I comprende los medicamentos que se dispensan por tarjeta control en la red de farmacias comunitarias y responden al tratamiento de enfermedades crónicas. «Contiene los 85 medicamentos dispensados por tarjeta control que cuentan con siete millones 839 mil 253 inscripciones y responden al tratamiento de tres millones 425 mil 220 pacientes (30% población cubana)».

Por su parte el Grupo II engloba otros medicamentos que requieren su uso por períodos largos en pacientes con diferentes padecimientos. «Se incluyen medicamentos indicados a pacientes con enfermedades neurológicas, psiquiátricas, nefropatías, VIH, cáncer en su estadio terminal, entre otras».

Aun si los costos de los medicamentos de los Grupos I y II, se han incrementado con el aumento del valor de las materias primas e insumos para su producción y por la Reforma Salarial, los precios de venta a la población se mantienen al ser subsidiados por el Presupuesto del Estado por un importe de alrededor de tres mil millones de pesos.

Modificaron su precio de venta minorista medicamentos no incluidos en los grupos anteriores (Grupo III).

A los medicamentos que pertenecen al Grupo III se les modificaron los precios de venta minorista. Dichos medicamentos responden a procesos agudos, uso en períodos menos largos y otros renglones restantes del Cuadro Básico (antibióticos, antiparasitarios, analgésicos).

Como esclarece el Minsap, para fijar los precios de este grupo de medicamentos se aplicó la política aprobada para el Ordenamiento Monetario y Financiero que considera si los mismos son importados, exportables transables y de producción nacional, el incremento de los costos por los métodos de formación de precios aprobados y de la Reforma General de Salarios. Los medicamentos importados o producidos con alto nivel de materias primas importadas tienen precios más altos.

«Se aprobó la Resolución 345/2020 del Ministerio de Finanzas y Precios, implementándose a partir del 1ro de enero de 2021. La misma motivó criterios y preocupaciones de la población con los precios de algunos medicamentos como el Factor de transferencia, Truabinámp, Atorvastatina».

En busca de soluciones

Como parte del seguimiento a la implementación del Ordenamiento Monetario y Financiero, el Grupo Temporal Central indicó la revisión del Anexo III de esta Resolución “Medicamentos no controlados ni complementarios”.

Se analizaron las indicaciones y pautas de uso de cada fármaco con expertos de los Grupos Nacionales de las Especialidades Médicas, los jefes de farmacias de Unidades de Subordinación Nacional y los Jefes de Medicamentos, Farmacia y Farmacoepidemiología de las Direcciones Provinciales de Salud, lo cual permitió realizar propuestas de modificaciones al Ministerio de Finanzas y Precios, aprobándose lo siguiente:

1. Toman los mismos los precios minoristas anteriores a la política: 37 medicamentos, lo que representa incrementar el subsidio a otorgar en aproximadamente 33 millones 325 mil pesos. Estos medicamentos se incluyen al Anexo II “Medicamentos Complementarios”.

Este subsidio representa un beneficio para los pacientes, quienes pagarán el mismo precio de lo que costaba antes de la aplicación de la política. Dichos medicamentos, aunque no se requieren de forma diaria como aquellos indicados para enfermedades crónicas, el tiempo de duración del tratamiento puede ser entre uno y tres meses, se usan en altas dosis por día y pueden requerirse por el paciente más de una vez al año (atorvastatina tabletas, aciclovir tabletas y ungüento, anticonceptivos orales).

2. Disminuir los precios en un 15% a 41% a productos del Anexo III (se asume un 10% por el margen comercial de las Empresas de Farmacia y Óptica y un 5% de las empresas productoras y comercializadoras de BioCubaFarma).

Ejemplos:

Antibióticos orales: Azitromicina 500 mg x 3 tabletas de 40,00 a 34,00 pesos; Cefalexina 500 mg x 24 cápsulas de 70,00 a 59,50 pesos; Metronidazol 250 mg x 30 tabletas de 25,00 a 21,00 pesos.

Antiparasitario: Secnidazol 500 mg x 4 tabletas disminuye de 29.20 a 24,00 pesos.

Vitamina b-12 10,000mcg/ml bulbo disminuye de 18,00 a 15,30 pesos.

3. Disminuir el precio a cuatro medicamentos por sus altos precios y por requerir el uso de altas dosis o tratamientos relativamente prolongados, a los cuales se le propone un subsidio parcial representando14 millones 396 mil pesos más a ser subsidiados por el presupuesto del estado. Estos medicamentos pasan a conformar un Anexo IV.

Es en estos productos donde han existido un mayor número de opiniones de la población y preocupación de los facultativos con el cumplimiento del tratamiento por parte del paciente. Estos medicamentos son:

Factor de Transferencia bulbo, utilizado en pacientes con inmunodeficiencias de un costo de 103,10 pesos, disminuye a 40,00 pesos (63 pesos menos).

Cloruro de Sodio Hipertónico 5% ungüento oftálmico, de 200,00 pesos a 85,00 pesos (115.00 pesos menos).

Truabin (Vitaminas B1, B6 y B12 inyectable) x 10 ámpulas, de 396,80 pesos a 170, 00 pesos (226,80 pesos menos).

Otros productos que se dispensan en la red de farmacias que mantienen sus precios minoristas anteriores y también son subsidiados por el presupuesto del Estado son:

Otros renglones como las bolsas de colostomía, bolsas colectoras de orina, jeringuillas, sondas foley, cánulas traqueotomía, algodón, alcohol, glucómetros para pacientes diabéticos, biosensores, almohadillas sanitarias, condones, las ayudas técnicas que se alquilan o se venden como: camas fowler, sillas de ruedas, colchones, bastones, andadores, culeros.

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